| Summary: | El cáncer de rnama es entendido como un tema socio-sanitario de primer orden. Su aparició n incide de forma clara en los hábitos de vida y la historia familiar de las mujeres afectadas. Cada vez tenemos un conocimiento más profundo y completo de la biopatología tumoral y del comportamiento de la enfermedad. Podemos discriminar entre tumores hormonalmente dependientes o independientes, lo que supone un paso más en la elaboración de nuevos tratamientos, en el establecimiento de distintos modelos epidemiológicos, factores de riesgo asociados, e incluso en la problemática laboral que pudiera inferirse respecto de estos factores de riesgo. También se ha avanzado en el estudio de otros biomarcadores que ayudan aún más a la comprensión de esta patología: de proliferación, de agresividad, de pronóstico o de respuesta a tratamientos, entre otros. Concebimos así el cáncer de mama como un modelo de estudio médico-legal, puesto que, partiendo de una patología y los datos biológicos que de ella se derivan (estado de receptores hormonales de estrógenos y progesterona, proteína pS2, ploidía, fase S, catepsina D, EGFR) recorremos un camino de implicaciones socio-sanitarias de gran importancia, como pueden ser los diferentes elementos de responsabilidad profesional y la actuación conforme a "lex artis"; las opciones terapéuticas de la paciente basándose en los elementos biológicos caracterizados, y en la información aportada por su médico; el derecho de la paciente a conocer posibles factores de riesgo, no ya sólo previos al diagnóstico del tumor, sino a posterior, para evita recidivas o en relación con potenciales focos laborales de exposición, y su implicación en temas como la prevención, cambios de puesto de trabajo, etc; incluso la utilización pericia1 de estos elementos de análisis. Los parámetros clínico-biológicos presentes en el diagnóstico médico de un cáncer de mama son útiles como elementos de juicio o de valor en la dimensión médico-legal que presenta esta enfermedad. Los biomarcadores que analizamos deben ser tomados en cuenta para llevar a cabo actuaciones médicas conformes a "lex artis", y también como elementos objetivos de decisiones terapéuticas que pueden y deben incluirse en protocolos de actuación clínica.
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